El 26 de octubre de 2021 se publicó el Convenio Colectivo Sectorial firmado por la Patronal AECIM y los Sindicatos UGT y CCOO para los años 2021, 2022 y 2023. En el que se incluyeron algunos puntos novedosos de reivindicación histórica.
Uno de ellos es la Subrogación además de garantizarse el poder adquisitivo con la revisión al IPC real en positivo al término de los tres años de vigencia, sin perder ninguno de los derechos recogidos en el Convenio.
Algunos de los puntos mas importantes a destacar son:
- Se reconoce el Derecho a la desconexión digital
- Se acuerda incluir la promoción de acciones formativas en materia LGTBI.
- Se crea una Comisión que desarrolle los preceptos de la Ley de Teletrabajo aprobada el 9 de julio de 2021.
- Los días de vacaciones son 21 laborables, pero en ningún caso podrán ser inferiores a los 30 días naturales que refleja el ET.
- El día de inicio del disfrute de las licencias retribuidas será en día laborable; es decir, que si el hecho causante se produjera en día no laborable, se iniciará el siguiente día laborable a aquel en que se produjo el hecho causante.
- Se incluye la obligatoriedad de tener aprobado el Plan de Igualdad con fecha límite del 7 de marzo de 2022 para empresas de más de 50 trabajadores.
- Incremento salarial: 1% – 1.5% – 2%.
- Actualización IPC: se incrementará cada año el 50% de la diferencia entre la subida pactada y el IPC real. A 31/12/2023, se actualizará la suma del IPC real de los tres años.
Aplicando el artículo 29 , se tienen que actualizar las tablas del 2021 sin carácter retroactivo en un 2,75 % y posteriormente aplicar la subida pactada del 1,5% para el año 2022, es decir no existirán atrasos del 2021 pero sí se incrementaran las tablas del 2022 en un 4,25%.
En dicho artículo se decía textualmente:
En el caso que el IPC real publicado por el Instituto Nacional de Estadística para el año 2021 se situara en un nivel superior al 1% en el año 2021, se efectuará, a 31 de Diciembre, una actualización salarial del 50 % de la diferencia del incremento del IPC real sobre el incremento pactado de las tablas salariales del Convenio para 2021, siempre sin carácter retroactivo.
El 14 de enero de 2022 se ha publicado por Instituto Nacional de Estadística el IPC real del año 2021, el cual ha sido de un 6,5%.
Por tanto las tablas del ejercicio 2021 se tendrán que actualizar en un 2,75%.
50%* ( IPC REAL -INCREMENTO PACTADO EN TABLAS 2021 )
50%*(6,5%-1%)=2,75%
Una vez que las tablas del 2021 se actualicen en un 2,75% (sin carácter retroactivo), se aplicará la subida del 1,50 por ciento pactada en el convenio en su artículo 29. Por tanto la subida que se tendrá que aplicar para el año 2022 será de un 4,25%, ya que primero se actualizan las tablas del 2021 en un 2,75% y luego se aplica el incremento pactado en convenio del 1,5% para año 2022.
Aquí os facilitamos las tablas salariales de 2021 y 2022